Índice
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Manual de señalización
de senderos GR®, PR® y SL®
EDICIÓN DIGITAL 2018 · Versión actualizada

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CRITERIOS PARA LA COLOCACIÓN DE SEÑALES Y SOPORTES

SEÑALIZACIÓN OBLIGATORIA

6.1. SEÑALIZACIÓN OBLIGATORIA

Deberán aparecer obligatoriamente las señales:

  • Al principio y al final de los SL®, PR® y etapas de los GR®.
  • En los puntos de entrada y salida a los núcleos de población.
  • En los puntos, como entrada y salida de masas boscosas, zona de campos o vadeo de cauces de agua, donde el camino no sea evidente.
  • Señalización en los cruces.

Cruces: se establece como criterio general que debe aparecer una señal de continuidad en los viales usados para el sendero y la señal de dirección incorrecta en todos los viales que corresponda; habrá señales de confirmación en los 25 metros previos y en los 25 metros posteriores al cruce en el vial correcto.

Para aquellos cruces en forma de “Y” con viales de igual jerarquía, cruces en

los que se sigue recto la dirección por la que se entra pero se pasa de mayor a menor calidad de vial, y en cruces donde el itinerario gira existiendo un vial recto (tanto si es de la misma o de igual jerarquía) se ha de reforzar la señalización. Para el caso primero y tercero se deberá colocar una marca de “Cambio de Dirección” en el acceso al mismo desde las dos direcciones.

Para cruces consecutivos visibles entre ellos se puede aligerar el criterio general, no sujetando las marcas de continuidad a los cruces y no procediendo a colocar algunas.

El Técnico de Senderos FEDME es el técnico formado especializado para la valoración y ubicación de las marcas en un cruce.